Ley 22.415

Artículo 1092Partes en el sumario por infracciones

Texto oficial

Sólo se consideran parte en el sumario las personas a cuyo nombre se encontrare la mercadería y los demás supuestos responsables de la infracción y del pago de los tributos correspondientes.

Qué significa en la práctica

Solo son partes el titular de la mercadería y los presuntos responsables de la infracción y de los tributos. Terceros ajenos no tienen acceso al sumario (Art. 1093).

Efectos prácticos

  • Solo las partes pueden presentar defensas, ofrecer prueba y recurrir la resolución

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