Ley 22.415

Artículo 203Mercadería con indicios de deterioro al ingresar

Texto oficial

Cuando la mercadería presentada para su ingreso en depósito provisorio de importación o su envase o embalaje exterior ostentare indicios de deterioro o signos de haber sido violados deberán ser separados por el depositario al momento de su recepción, a fin de que el servicio aduanero proceda a controlar su peso y determinar su contenido en forma detallada.

Qué significa en la práctica

Si la mercadería llega con embalaje dañado o signos de haber sido manipulada (violado), el depositario la separa del resto para que la aduana la inspeccione con detalle: pesa y determina el contenido exacto. Esto protege al depositario y permite detectar posibles ilícitos.

Ejemplo práctico

Un contenedor con precintos rotos debe separarse y abrirse bajo supervisión aduanera

Efectos prácticos

  • El depositario tiene obligación de separar la mercadería dañada — si no lo hace, puede asumir responsabilidad por el contenido
  • La aduana verifica peso y contenido como medida de control
  • El acta de verificación documenta el estado real de la mercadería

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