Ley 22.415

Artículo 406Despacho previo para carga en zona primaria

Texto oficial

La mercadería que hubiere de cargarse en zona primaria en un medio de transporte para su exportación debe haber sido previamente despachada de conformidad por el servicio aduanero.

Qué significa en la práctica

Antes de cargar mercadería en un transporte en zona primaria para exportar, el servicio aduanero debe haberla despachado con conformidad.

Efectos prácticos

  • Despacho aduanero previo obligatorio para toda carga de exportación

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