Ley 22.415

Artículo 462Ejercicio simultáneo de derechos sobre la garantía

Texto oficial

Los derechos y privilegios respecto de la garantía pueden ejercerse simultáneamente y sin perjuicio de las acciones que competen al servicio aduanero contra los responsables del pago de los tributos, multas y accesorios correspondientes.

Qué significa en la práctica

La aduana puede accionar simultáneamente sobre la garantía Y contra el deudor principal, sin que una acción excluya a la otra.

Efectos prácticos

  • No hay beneficio de excusión: aduana puede ir contra la garantía y el deudor al mismo tiempo

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