Ley 22.415

Artículo 564Restricción de transferencia de muestras importadas

Texto oficial

La propiedad, o tenencia de la mercadería que hubiere sido importada en virtud del régimen previsto en este Capítulo no puede ser transferida a título oneroso durante el plazo que fijare la reglamentación, el que no podrá exceder de dos años.

Qué significa en la práctica

Las muestras importadas con exención no pueden venderse hasta por 2 años.

Efectos prácticos

  • Restricción de venta de muestras importadas: hasta 2 años

Normas relacionadas

← Ver en Código Aduanero completaCódigos