Ley 22.415

Artículo 629Sanciones por incumplimiento de condiciones de excepción

Texto oficial

El incumplimiento de las obligaciones impuestas como condición, a que alude el artículo 626, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas al efecto en este código así como a las consecuencias contempladas en la norma que hubiere establecido la excepción y en la reglamentación.

Qué significa en la práctica

Si no se cumplen las condiciones bajo las que se otorgó la excepción a la prohibición, aplican las sanciones del Código Aduanero más las de la norma que creó la excepción.

Efectos prácticos

  • El incumplimiento puede dar lugar a multas y/o comiso de la mercadería
  • Aplican sanciones del Código Aduanero y de la norma específica simultáneamente
  • Refuerza el control del cumplimiento de condiciones en licencias

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