Artículo 634Poder Ejecutivo solo puede derogar sus propias prohibiciones
Texto oficial
El Poder Ejecutivo únicamente podrá dejar sin efecto las prohibiciones a la importación o a la exportación por él establecidas.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo solo puede derogar las prohibiciones que él mismo creó. No puede por decreto derogar prohibiciones establecidas por ley del Congreso.
Efectos prácticos
•Principio de paralelismo de formas: solo puede derogarse lo que se creó
•El Congreso no pierde el control sobre las prohibiciones que estableció por ley
•Si el PEN crea una prohibición, puede levantarla; si la creó el Congreso, solo el Congreso puede levantarla