Artículo 689Dumping cuando país de procedencia difiere del de origen
Texto oficial
Cuando el país de procedencia no fuere el país de origen de la mercadería el precio de exportación se comparará, a fin de determinar la existencia de dumping, con el precio de ventas efectuadas en el curso de operaciones comerciales normales, de mercadería idéntica o, en su defecto, similar, destinada al consumo en el mercado interno del país de procedencia.
Qué significa en la práctica
Si la mercadería pasa por un tercer país antes de Argentina (país de procedencia ≠ país de origen), la comparación se hace con los precios del país de procedencia, no del de origen.
Efectos prácticos
•Aplica cuando la mercadería se reexporta desde un tercer país
•El país de procedencia es el punto de comparación, no necesariamente el fabricante