Artículo 734Derecho de exportación ad valorem: cálculo sobre valor imponible FOB
Texto oficial
El derecho de exportación ad valorem es aquél cuyo importe se obtiene mediante la aplicación de un porcentual sobre el valor imponible de la mercadería o, en su caso, sobre precios oficiales FOB.
Qué significa en la práctica
La retención es un porcentaje del valor FOB (o del precio oficial FOB si es mayor). A diferencia de la importación que usa el valor CIF, la exportación usa el valor FOB.
Efectos prácticos
•Base imponible de las retenciones: valor FOB declarado o precio oficial FOB (el mayor)
•Los precios oficiales FOB son los precios de referencia para soja, maíz, trigo, etc.