Ley 22.415

Artículo 737Exclusión de derechos de exportación del valor imponible

Texto oficial

No obstante lo dispuesto en el artículo 735, se excluyen del valor imponible los derechos y demás tributos que gravaren la exportación.

Qué significa en la práctica

Las retenciones y otros tributos de exportación no se incluyen en la base imponible sobre la que se calculan las retenciones. Evita la circularidad de calcular retenciones sobre retenciones.

Efectos prácticos

  • La base imponible es el precio FOB sin deducir las retenciones
  • Pero las retenciones mismas no son parte de la base sobre la que se calculan

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