Texto oficial
Una venta efectuada entre un vendedor y un comprador independientes uno de otro es una venta en la que, especialmente, se cumplen las siguientes condiciones: a) el pago del precio de la mercadería constituye la única prestación efectiva del comprador; b) el precio convenido no está influido por relaciones comerciales, financieras o de otra clase que pudieran existir entre vendedor y comprador o sus asociados; c) ninguna parte del producto que proceda de las reventas o de otros actos de disposición de la mercadería, revierte directa o indirectamente al vendedor o a cualquier persona asociada en negocios con el vendedor.