Ley 22.415

Artículo 895Prohibición de analogía en infracciones aduaneras

Texto oficial

En materia de infracciones aduaneras no cabe la incriminación por .

Qué significa en la práctica

No puede aplicarse una sanción por infracción aduanera a un hecho que no está expresamente tipificado, aunque sea similar a otro que sí lo está. La interpretación analógica está prohibida en materia sancionatoria.

Efectos prácticos

  • La aduana no puede sancionar por analogía: si un hecho no encuadra exactamente en un tipo infraccional, no puede sancionarse

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