Artículo 895Prohibición de analogía en infracciones aduaneras
Texto oficial
En materia de infracciones aduaneras no cabe la incriminación por .
Qué significa en la práctica
No puede aplicarse una sanción por infracción aduanera a un hecho que no está expresamente tipificado, aunque sea similar a otro que sí lo está. La interpretación analógica está prohibida en materia sancionatoria.
Efectos prácticos
•La aduana no puede sancionar por analogía: si un hecho no encuadra exactamente en un tipo infraccional, no puede sancionarse