Ley 22.415

Artículo 898In dubio pro reo: en caso de duda, lo más favorable al imputado

Texto oficial

Salvo disposición especial en contrario, en caso de duda deberá estarse a lo que fuere más favorable al .

Qué significa en la práctica

En materia de infracciones aduaneras rige el principio del : ante la duda sobre si un hecho es infracción, sobre cuál norma aplicar, o sobre la pena, debe resolverse a favor del , salvo que una norma específica disponga lo contrario.

Efectos prácticos

  • En el proceso sumario aduanero, la duda sobre la configuración de la infracción debe resolverse a favor del sumariado

Normas relacionadas

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