Ley 26.994

Artículo 1005Determinación

Texto oficial

Determinación. Cuando el objeto se refiere a bienes, éstos deben estar determinados en su especie o género según sea el caso, aunque no lo estén en su cantidad, si ésta puede ser determinada. Es determinable cuando se establecen los criterios suficientes para su individualización.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de determinación. Cuando el objeto se refiere a bienes, éstos deben estar determinados en su especie o género según sea el caso, aunque no lo estén en su cantidad, si ésta puede ser determinada.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige determinación. Cuando el objeto se refiere a bienes, éstos deben estar determinados en su especie o género según sea el caso, aunque no lo estén en su cantidad, si ésta puede ser determinada.

Normas relacionadas

← Ver en Código Civil y Comercial completaCódigos