Ley 26.994

Artículo 1101Publicidad

Texto oficial

Publicidad. Está prohibida toda publicidad que: a) contenga indicaciones falsas o de tal naturaleza que induzcan o puedan inducir a error al , cuando recaigan sobre elementos esenciales del producto o servicio; b) efectúe comparaciones de bienes o servicios cuando sean de naturaleza tal que conduzcan a error al ; c) sea abusiva, discriminatoria o induzca al a comportarse de forma perjudicial o peligrosa para su salud o seguridad.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de publicidad. Está prohibida toda publicidad que: a) contenga indicaciones falsas o de tal naturaleza que induzcan o puedan inducir a error al , cuando recaigan sobre elementos esenciales del producto o servicio; b) efectúe comparaciones de bienes o servicios cuando sean de naturalez

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige publicidad. Está prohibida toda publicidad que: a) contenga indicaciones falsas o de tal naturaleza que induzcan o puedan inducir a error al consumidor, cuando re

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