Ley 26.994

Artículo 1162Compraventa con cláusula pago contra documentos

Texto oficial

con cláusula pago contra documentos. En la de cosas muebles con cláusula 'pago contra documentos', 'aceptación contra documentos' u otras similares, el pago, aceptación o acto de que se trate sólo puede ser rehusado por falta de adecuación de los documentos con el , con independencia de la inspección o aceptación de la cosa vendida, excepto que lo contrario resulte de la convención o de los usos, o que su falta de identidad con la cosa vendida esté ya demostrada. Si el pago, aceptación o acto de que se trate debe hacerse por medio de un banco, el vendedor no tiene acción contra el comprador hasta que el banco rehúse hacerlo. SECCION 7ª Algunas cláusulas que pueden ser agregadas al de

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de con cláusula pago contra documentos. En la de cosas muebles con cláusula 'pago contra documentos', 'aceptación contra documentos' u otras similares, el pago, aceptación o acto de que se trate sólo puede ser rehusado por falta de adecuación de los documentos con el , con independencia de la inspec

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige compraventa con cláusula pago contra documentos. En la compraventa de cosas muebles con cláusula 'pago contra documentos', 'aceptación contra documentos' u otras similares, el pago, aceptación o acto

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