Ley 26.994

Artículo 1164Pacto de reventa

Texto oficial

Pacto de reventa. Pacto de reventa es aquel por el cual el comprador se reserva el derecho de devolver la cosa comprada. Ejercido el derecho, el vendedor debe restituir el precio, con el exceso o disminución convenidos. Se aplican las reglas de la bajo condición resolutoria.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de pacto de reventa. Pacto de reventa es aquel por el cual el comprador se reserva el derecho de devolver la cosa comprada.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige pacto de reventa. Pacto de reventa es aquel por el cual el comprador se reserva el derecho de devolver la cosa comprada.

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