Ley 26.994

Artículo 1357Presunción de onerosidad

Texto oficial

Presunción de onerosidad. El depósito se presume oneroso. Si se pacta la gratuidad, no se debe , pero el depositante debe reembolsar al depositario los gastos razonables en que incurra para la custodia y restitución.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de presunción de onerosidad. El depósito se presume oneroso.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige presunción de onerosidad. El depósito se presume oneroso.

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