Ley 26.994

Artículo 1438Resúmenes de cuenta

Texto oficial

Resúmenes de cuenta. Aprobación. Los resúmenes de cuenta que una parte reciba de la otra se presumen aceptados si no los observa dentro del plazo de diez días de la recepción o del que resulte de la convención o de los usos. Las observaciones se resuelven por el procedimiento más breve que prevea la ley local.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de resúmenes de cuenta. Aprobación.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige resúmenes de cuenta. Aprobación.

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