Ley 26.994

Artículo 1452Limitación de las pérdidas

Texto oficial

Limitación de las pérdidas. Las pérdidas que afecten al no pueden superar el valor de su aporte. SECCION 3ª Agrupaciones de colaboración

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de limitación de las pérdidas. Las pérdidas que afecten al no pueden superar el valor de su aporte.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige limitación de las pérdidas. Las pérdidas que afecten al partícipe no pueden superar el valor de su aporte.

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