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Art. 156
Ley 26.994
Artículo 156
Objeto
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Texto oficial
Objeto. El objeto de la
persona jurídica
debe ser preciso y determinado. Parágrafo 2° Funcionamiento
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de objeto. El objeto de la
persona jurídica
debe ser preciso y determinado.
Efectos prácticos
•
En la práctica, este artículo rige objeto. El objeto de la persona jurídica debe ser preciso y determinado.
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