Ley 26.994

Artículo 1591Principal pagador

Texto oficial

Principal pagador. Quien se obliga como principal pagador, aunque sea con la denominación de fiador, es considerado deudor solidario y su se rige por las disposiciones aplicables a las obligaciones solidarias. SECCION 3ª Efectos entre el deudor y el fiador

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de principal pagador. Quien se obliga como principal pagador, aunque sea con la denominación de fiador, es considerado deudor solidario y su se rige por las disposiciones aplicables a las obligaciones solidarias.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige principal pagador. Quien se obliga como principal pagador, aunque sea con la denominación de fiador, es considerado deudor solidario y su obligación se rige por las disp

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