Normas aplicables. Son aplicables al fiduciario las normas que rigen los derechos reales en general y, en particular, el , previstas en los Títulos I y III del Libro Cuarto de este Código.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de normas aplicables. Son aplicables al fiduciario las normas que rigen los derechos reales en general y, en particular, el , previstas en los Títulos I y III del Libro Cuarto de este Código.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige normas aplicables. Son aplicables al dominio fiduciario las normas que rigen los derechos reales en general y, en particular, el dominio, previstas en los Títulos I y II