Ley 26.994

Artículo 1717Antijuridicidad

Texto oficial

Antijuridicidad. Cualquier acción u omisión que causa un daño a otro es antijurídica si no está justificada.

Qué significa en la práctica

Una conducta es antijurídica cuando viola el deber de no dañar a otro. No se requiere que esté específicamente prohibida por una norma: basta con que sea contraria al ordenamiento jurídico en general.

Efectos prácticos

  • No hay que invocar una norma específica violada: alcanza con probar que el daño no debía ocurrir
  • Las causas de justificación (legítima defensa, estado de necesidad) eliminan la antijuridicidad

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