Concepto de daño. Hay daño cuando se lesiona un derecho o un interés no reprobado por el ordenamiento jurídico, que tenga por objeto la persona, el patrimonio, o un derecho de incidencia colectiva.
Qué significa en la práctica
El daño resarcible es la a un protegido: puede ser un daño patrimonial (pérdida económica) o extrapatrimonial (sufrimiento, ). Para ser indemnizable debe ser cierto, subsistente y no reparado.
Efectos prácticos
•El daño futuro es indemnizable si es cierto (ej. lucro cesante por incapacidad laboral)
•El daño hipotético o eventual no se indemniza
•El daño ya reparado (ej. por seguro) no se indemniza de nuevo