Ley 26.994

Artículo 1743Dispensa anticipada de la responsabilidad

Texto oficial

Dispensa anticipada de la responsabilidad. Son inválidas las cláusulas que eximen o limitan la de indemnizar cuando afectan derechos indisponibles, atentan contra la buena fe, las buenas costumbres o leyes imperativas, o son abusivas. Son también inválidas si liberan anticipadamente, en forma total o parcial, del daño sufrido por dolo del deudor o de las personas por las cuales debe responder.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de dispensa anticipada de la responsabilidad. Son inválidas las cláusulas que eximen o limitan la de indemnizar cuando afectan derechos indisponibles, atentan contra la buena fe, las buenas costumbres o leyes imperativas, o son abusivas.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige dispensa anticipada de la responsabilidad. Son inválidas las cláusulas que eximen o limitan la obligación de indemnizar cuando afectan derechos indisponibles, atentan contra la buena fe, las bu

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