Ley 26.994

Artículo 1882Concepto

Texto oficial

Concepto. El derecho real es el poder jurídico, de estructura legal, que se ejerce directamente sobre su objeto, en forma autónoma y que atribuye a su titular las facultades de persecución y preferencia, y las demás previstas en este Código.

Qué significa en la práctica

Un derecho real es el poder jurídico que una persona tiene sobre una cosa: puede usarla, gozarla, disponer de ella y defenderla frente a todos (). A diferencia del derecho personal (), el derecho real es oponible a cualquier persona.

Efectos prácticos

  • El dueño de un auto puede reclamarlo a cualquiera que lo tenga, incluso a quien lo compró de buena fe (con matices)
  • El derecho real se adquiere por modos específicos: tradición, inscripción registral, sucesión, prescripción

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