Ley 26.994

Artículo 1930Presunción de continuidad

Texto oficial

Presunción de continuidad. Se presume, a menos que exista prueba en contrario, que el sujeto actual de la o de la tenencia que prueba haberla ejercitado anteriormente, la mantuvo durante el tiempo intermedio.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de presunción de continuidad. Se presume, a menos que exista prueba en contrario, que el sujeto actual de la o de la tenencia que prueba haberla ejercitado anteriormente, la mantuvo durante el tiempo intermedio.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige presunción de continuidad. Se presume, a menos que exista prueba en contrario, que el sujeto actual de la posesión o de la tenencia que prueba haberla ejercitado anteriormente,

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