Ley 26.994

Artículo 1943Exclusividad

Texto oficial

Exclusividad. El es exclusivo y no puede tener más de un titular. Quien adquiere la cosa por un título, no puede en adelante adquirirla por otro, si no es por lo que falta al título.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de exclusividad. El es exclusivo y no puede tener más de un titular.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige exclusividad. El dominio es exclusivo y no puede tener más de un titular.

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