Extensión. El de una cosa comprende los objetos que forman un todo con ella o son sus accesorios. El de una cosa inmueble se extiende al subsuelo y al espacio aéreo, en la medida en que su aprovechamiento sea posible, excepto lo dispuesto por normas especiales. Todas las construcciones, siembras o plantaciones existentes en un inmueble pertenecen a su dueño, excepto lo dispuesto respecto de los derechos de propiedad horizontal y superficie. Se presume que las construcciones, siembras o plantaciones las hizo el dueño del inmueble, si no se prueba lo contrario.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de extensión. El de una cosa comprende los objetos que forman un todo con ella o son sus accesorios.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige extensión. El dominio de una cosa comprende los objetos que forman un todo con ella o son sus accesorios.