Uso y goce excluyente. El uso y goce excluyente sobre toda la cosa, en medida mayor o calidad distinta a la convenida, no da derecho a a los restantes condó-minos, sino a partir de la oposición fehaciente y sólo en beneficio del oponente.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de uso y goce excluyente. El uso y goce excluyente sobre toda la cosa, en medida mayor o calidad distinta a la convenida, no da derecho a a los restantes condó-minos, sino a partir de la oposición fehaciente y sólo en beneficio del oponente.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige uso y goce excluyente. El uso y goce excluyente sobre toda la cosa, en medida mayor o calidad distinta a la convenida, no da derecho a indemnización a los restantes condó-mi