Artículo 2003Publicidad de la indivisión o su cese
Texto oficial
Publicidad de la indivisión o su cese. Las cláusulas de indivisión o el cese anticipado de la indivisión sólo producen efecto respecto de terceros cuando se inscriban en el respectivo registro de la propiedad. CAPITULO 5 Condominio con indivisión forzosa perdurable SECCION 1ª Condominio sobre accesorios indispensables
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de publicidad de la indivisión o su cese. Las cláusulas de indivisión o el cese anticipado de la indivisión sólo producen efecto respecto de terceros cuando se inscriban en el respectivo registro de la propiedad.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige publicidad de la indivisión o su cese. Las cláusulas de indivisión o el cese anticipado de la indivisión sólo producen efecto respecto de terceros cuando se inscriban en el respectivo registro de la propiedad.