Ley 26.994

Artículo 201Consejo de administración

Texto oficial

Consejo de administración. El gobierno y administración de las fundaciones está a cargo de un consejo de administración, integrado por un mínimo de tres personas humanas. Tiene todas las facultades necesarias para el cumplimiento del objeto de la fundación, dentro de las condiciones que establezca el estatuto.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de consejo de administración. El gobierno y administración de las fundaciones está a cargo de un consejo de administración, integrado por un mínimo de tres personas humanas.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige consejo de administración. El gobierno y administración de las fundaciones está a cargo de un consejo de administración, integrado por un mínimo de tres personas humanas.

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