Ley 26.994

Artículo 2135Presunción de onerosidad

Texto oficial

Presunción de onerosidad. En caso de duda, la constitución del usufructo se presume onerosa.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de presunción de onerosidad. En caso de duda, la constitución del usufructo se presume onerosa.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige presunción de onerosidad. En caso de duda, la constitución del usufructo se presume onerosa.

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