Ley 26.994

Artículo 2168Legitimación

Texto oficial

Legitimación. Están legitimados para constituir una los titulares de derechos reales que recaen sobre inmuebles y se ejercen por la . Si existe comunidad debe ser constituida por el conjunto de los titulares.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de legitimación. Están legitimados para constituir una los titulares de derechos reales que recaen sobre inmuebles y se ejercen por la .

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige legitimación. Están legitimados para constituir una servidumbre los titulares de derechos reales que recaen sobre inmuebles y se ejercen por la posesión.

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