Ley 26.994

Artículo 2184Disposiciones comunes y especiales

Texto oficial

Disposiciones comunes y especiales. Los derechos reales constituidos en garantía de créditos se rigen por las disposiciones comunes de este Capítulo y por las normas especiales que corresponden a su tipo.

Qué significa en la práctica

Los derechos reales de garantía (, prenda, anticresis) son derechos reales que se constituyen sobre bienes del deudor para garantizar el cumplimiento de una . Si el deudor no paga, el acreedor puede ejecutar el bien.

Efectos prácticos

  • La hipoteca se constituye sobre inmuebles y no requiere que el deudor entregue el bien
  • La prenda recae sobre bienes muebles (puede ser con o sin desplazamiento del bien)
  • El acreedor hipotecario tiene preferencia sobre otros acreedores al ejecutar el inmueble

Normas relacionadas

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