Ley 26.994

Artículo 220Facultades del juez

Texto oficial

Facultades del juez. Si los herederos no se ponen de acuerdo entre sí o con el albacea en la redacción del estatuto y del acta constitutiva, las diferencias son resueltas por el juez de la , previa vista al Ministerio Público y a la autoridad de contralor. SECCION 7ª Autoridad de contralor

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de facultades del juez. Si los herederos no se ponen de acuerdo entre sí o con el albacea en la redacción del estatuto y del acta constitutiva, las diferencias son resueltas por el juez de la , previa vista al Ministerio Público y a la autoridad de contralor.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige facultades del juez. Si los herederos no se ponen de acuerdo entre sí o con el albacea en la redacción del estatuto y del acta constitutiva, las diferencias son resueltas

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