Ley 26.994

Artículo 2518Caducidad de la institución por premoriencia

Texto oficial

Caducidad de la institución por premoriencia. La institución de heredero o legatario caduca cuando el instituido muere antes que el testador o antes del cumplimiento de la condición de la que depende la adquisición de la o el legado.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de caducidad de la institución por premoriencia. La institución de heredero o legatario caduca cuando el instituido muere antes que el testador o antes del cumplimiento de la condición de la que depende la adquisición de la o el legado.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige caducidad de la institución por premoriencia. La institución de heredero o legatario caduca cuando el instituido muere antes que el testador o antes del cumplimiento de la condición de la que depe

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