Emancipación. La celebración del matrimonio antes de los dieciocho años emancipa a la persona menor de edad. La persona emancipada goza de plena de ejercicio con las limitaciones previstas en este Código. La emancipación es irrevocable. La del matrimonio no deja sin efecto la emancipación, excepto respecto del cónyuge de mala fe para quien cesa a partir del día en que la pasa en autoridad de . Si algo es debido a la persona menor de edad con cláusula de no poder percibirlo hasta la mayoría de edad, la emancipación no altera la ni el tiempo de su exigibilidad.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de emancipación. La celebración del matrimonio antes de los dieciocho años emancipa a la persona menor de edad.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige emancipación. La celebración del matrimonio antes de los dieciocho años emancipa a la persona menor de edad.