Ley 26.994

Artículo 275Responsabilidad por los daños causados

Texto oficial

Responsabilidad por los daños causados. El autor del dolo esencial o incidental debe reparar el daño causado. Responde solidariamente la parte que al tiempo de la celebración del acto tuvo conocimiento del dolo del tercero. CAPITULO 4 Violencia como vicio de la voluntad

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de responsabilidad por los daños causados. El autor del dolo esencial o incidental debe reparar el daño causado.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige responsabilidad por los daños causados. El autor del dolo esencial o incidental debe reparar el daño causado.

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