Ley 26.994

Artículo 415Cumplimiento de la sentencia

Texto oficial

Cumplimiento de la . Recibido el testimonio de la firme que desestima la oposición, el oficial público procede a celebrar el matrimonio. Si la declara la existencia del impedimento, el matrimonio no puede celebrarse. En ambos casos, el oficial público debe anotar la parte dispositiva de la al margen del acta respectiva. CAPITULO 4 Celebración del matrimonio SECCION 1ª Modalidad ordinaria de celebración

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de cumplimiento de la . Recibido el testimonio de la firme que desestima la oposición, el oficial público procede a celebrar el matrimonio.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige cumplimiento de la sentencia. Recibido el testimonio de la sentencia firme que desestima la oposición, el oficial público procede a celebrar el matrimonio.

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