Ley 26.994

Artículo 531Grado

Texto oficial

Grado. Línea. Tronco. Se llama: a) grado, al vínculo entre dos personas que pertenecen a generaciones sucesivas; b) línea, a la serie no interrumpida de grados; c) tronco, al ascendiente del cual parten dos o más líneas; d) rama, a la línea en relación a su origen.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de grado. Línea.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige grado. Línea.

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