Ley 26.994

Artículo 572Notificación del reconocimiento

Texto oficial

del reconocimiento. El Registro del Estado Civil y de las Personas debe notificar el reconocimiento a la madre y al hijo o su representante legal.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de del reconocimiento. El Registro del Estado Civil y de las Personas debe notificar el reconocimiento a la madre y al hijo o su representante legal.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige notificación del reconocimiento. El Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas debe notificar el reconocimiento a la madre y al hijo o su representante legal.

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