Inscripción. La adopción, su revocación, conversión y , deben inscribirse en el Registro del Estado Civil y de las Personas.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de inscripción. La adopción, su revocación, conversión y , deben inscribirse en el Registro del Estado Civil y de las Personas.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige inscripción. La adopción, su revocación, conversión y nulidad, deben inscribirse en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.