Ley 26.994

Artículo 720Acción de filiación

Texto oficial

Acción de filiación. En la acción de filiación, excepto que el actor sea persona menor de edad o con restringida, es competente el juez del domicilio del demandado. CAPITULO 4 Medidas provisionales

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de acción de filiación. En la acción de filiación, excepto que el actor sea persona menor de edad o con restringida, es competente el juez del domicilio del demandado.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige acción de filiación. En la acción de filiación, excepto que el actor sea persona menor de edad o con capacidad restringida, es competente el juez del domicilio del demandado.

Normas relacionadas

← Ver en Código Civil y Comercial completaCódigos