Ley 26.994

Artículo 803Obligación no exigible

Texto oficial

no exigible. La cláusula penal tiene efecto, aunque sea puesta para asegurar el cumplimiento de una que al tiempo de concertar la accesoria no podía exigirse judicialmente, siempre que no sea reprobada por la ley.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de no exigible. La cláusula penal tiene efecto, aunque sea puesta para asegurar el cumplimiento de una que al tiempo de concertar la accesoria no podía exigirse judicialmente, siempre que no sea reprobada por la ley.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige obligación no exigible. La cláusula penal tiene efecto, aunque sea puesta para asegurar el cumplimiento de una obligación que al tiempo de concertar la accesoria no podía exi

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