Ley 0

Artículo 2División territorial en departamentos

Texto oficial

El territorio de la Provincia queda dividido en diecisiete departamentos denominados: Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay, Gualeguaychú, Uruguay, Colón, Concordia, La Paz, Villaguay, Tala, Nogoyá, San José de Feliciano, Federación, Federal, Islas del Ibicuy y San Salvador, con los límites que les acuerdan las leyes vigentes y sin perjuicio de la facultad legislativa de crear otros y modificar la territorial y administrativa.

Qué significa en la práctica

El territorio de Entre Ríos se divide en 17 departamentos. La Legislatura puede crear nuevos departamentos o cambiar sus límites.

Ejemplo práctico

Los 17 departamentos son: Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay, Gualeguaychú, Uruguay, Colón, Concordia, La Paz, Villaguay, Tala, Nogoyá, San José de Feliciano, Federación, Federal, Islas del Ibicuy y San Salvador.

Normas relacionadas

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