Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Constituciones
/
Constitución de la Provincia de Jujuy
/
Art. 56
Ley 0
Artículo 56
Justicia Del Trabajo
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
Como integrante del Poder Judicial funcionará un Tribunal del Trabajo que deberá entender y resolver en los conflictos individuales, en todas las cuestiones que se relacionen con el
contrato
o relación laboral y en las demás causas cuya
competencia
le fije la ley.
← Artículo anterior
Art. 55 — Policía Del Trabajo
Artículo siguiente →
Art. 57 — Medicina Del Trabajo
Normas relacionadas
Relacionada con
Constitución Nacional
→
← Ver en Constitución de la Provincia de Jujuy completa
Constituciones →