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Art. 143°
Ley 0
Artículo 143°
Plazos aplicables al Ministerio Público
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Texto oficial
Artículo 143°, de esta constitución, también es aplicable a los miembros del Ministerio Público.
Qué significa en la práctica
Hace aplicable a los miembros del Ministerio Público lo previsto sobre los plazos para resolver.
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