Ley 0

Artículo 54Acceso a la educación

Texto oficial

El Estado asegurará el acceso a la educación, su permanencia y la posibilidad de alcanzar los más altos grados de educación. Deberá posibilitar la igualdad de oportunidades para todas las personas, desarrollando las acciones a su alcance para este fin mediante el principio de centralización normativa y descentralización operativa de tales acciones. También procurará que el estudiante de cualquier nivel pueda insertarse en el mundo productivo del trabajo sin detener el proceso educativo.

Qué significa en la práctica

El Estado asegura el acceso, la permanencia y el egreso del sistema educativo.

Normas relacionadas

← Ver en Constitución de la Provincia de La Rioja completaConstituciones